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DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA.- En tanto se elabora el Reglamento Disciplinario, la Federación de Asociaciones de Periodistas de España se acogerá al Reglamento del Procedimiento Sancionador Común establecido por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo.

SEGUNDA.- Las Asociaciones federadas deberán adaptar sus Estatutos al contenido de los Estatutos de la Federación en el plazo máximo de doce meses a partir de la aprobación de los presentes Estatutos.

TERCERA.- Los presentes Estatutos entrarán en vigor en el momento de su aprobación por la Asamblea.

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