AI Bit Invest AI Bit Invest

La información publicada en diarios gallegos sobre el juicio por agresión sexual no vulnera el Código Deontológico

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo ha tramitado tres resoluciones en su última reunión: La denuncia presentada contra varios medios gallegos por considerar que se han publicado detalles morbosos sobre un caso de violencia machista y sexual, la de una empresa contra dos medios leoneses por la información divulgada  sobre un conflicto laboral  y la queja por el titular y contenido informativo de un artículo sobre hogares en el país vasco
La Comisión durante una sesión de trabajo

La Comisión durante una sesión de trabajo

La denunciante presentó una queja contra siete medios de Galicia Faro de Vigo, La Voz de Galicia, El Correo Gallego, Diario de Pontevedra, Galiciaconfidencial, Pontevedraviva y  la agencia Europa Press   por el tratamiento de la información sobre violencia machista y sexual, “debido a los detalles de la información  relativa al juicio sobre un caso de agresión sexual múltiple celebrado el pasado mes de febrero”. La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo en la RESOLUCIÓN 2017/142 considera que los medios citados  “no han vulnerado el artículo 4 del Código Deontológico, dado que el contenido denunciado es veraz y forma parte de la información requerida para valorar el alcance de lo enunciado en ella y que la identidad de la víctima se preserva en todas las noticias consideradas”.

En este sentido, la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo solicita a los medios que realicen  esfuerzos   para borrar de la red los detalles  escabrosos de la información (así lo ha hecho el Galiciaconfidencial.com) o por dificultar su acceso, favoreciendo así el derecho al olvido de la víctima.

La empresa Telemark presentó una denuncia contra iLeon  y La Nueva Crónica por la información publicada en julio relativa a la denuncia presentada por el comité de empresa de Telemark ante la inspección de Trabajo. En respuesta a esta queja, la Comisión de Arbitraje en la  Resolución 2017/141  considera que “los artículos mencionados no conculcan las normas del Código Deontológico, ya que no faltan a la verdad, se basan y reflejan el contenido de la denuncia del comité de empresa ante la inspección de trabajo por posibles irregularidades laborales y en sucesivas ediciones recogen los comentarios de  Telemark”      

En cuanto a la queja  presentada  contra El Correo.com, por su noticia titulada  ”Más de 120.000 vascas sin hogar” publicada en octubre del pasado año, el denunciante señala que el articulo lanza un titular falso, que no corresponde con los datos del estudio en que se basa la noticia. La deliberación de esta queja se resume en la   Resolución 2017/140  que señala que: “dicho medio no ha vulnerado los artículos 1º de los Principios Generales y 1º de los Principios de Actuación del Código Deontológico, dado que su proceder se halla dentro de las prácticas comunes y aceptadas del periodismo en relación a los titulares y la posible inexactitud de su titular responde más a un problema terminológico que a una falta a la veracidad deontológica”.

Compártelo en: