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La Comisión de Arbitraje considera que ni Manuel Carreño ni el diario digital Valencia Plaza han incumplido el Código Deontológico

La queja presentada por SOS Racismo contra “Gran Hermano VIP 6” ha sido desestimada porque este programa carece de naturaleza periodística

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La Comisión de Arbitraje Quejas y Deontología del Periodismo considera que Manu Carreño no vulneró el Código  Deontológico de la FAPE. El periodista deportivo entrevistó a Pablo Belmonte, único superviviente del accidente  en el Nevado Mateo  en el tiempo de “El larguero” de la cadena SER el pasado 8 de enero. Una queja presentada contra el citado periodista “considera que algunos elementos de la entrevista atienden más al interés de conseguir una repercusión para el programa y un aumento de audiencia”, por encima “del interés público de la noticia”. El informe elaborado  por la Comisión concluye  que  Manu Carreño no vulneró el Código Deontológico de la FAPE, en concreto en  los apartados b) y c) del principio 4 que recomiendan “evitar la intromisión gratuita y las especulaciones innecesarias sobre sentimientos y circunstancias en asuntos en que medien elementos de dolor y aflicción en las personas afectadas”

RESOLUCION 2019/161

La Comisión considera que Javier Cavanilles, autor del artículo  Castellón nunca fue Guernica, publicado  por el diario digital Valencia Plaza   no vulnero el Código  Ético de la FAPE. El artículo  aborda  los bombardeos de la Legión Cóndor en el Maestrazgo  en mayo de 1938. Está relacionado con el documental “Experimento Stuka” dirigido por los denunciantes Rafael Molés y José Andreu. En los razonamientos de la ponencia, se señala  textualmente “La Comisión no considera que se hayan cometido las vulneraciones de los preceptos del Código Deontológico que han sido denunciados, porque tras analizarlo, resulta que en la conducta del medio y periodista denunciados ni aparecen infracciones del principio de respeto a la verdad (Principio General 2); ni en la búsqueda de la verdad se advierten  infracciones del Principio de Actuación 1; ni ha faltado el contraste de fuentes; ni se han negado oportunidades de rectificación, corrección o disculpas; ni se han utilizado métodos indignos para obtener información; ni se ha faltado al respeto al off de record; y, en fin, con lo publicado no se impide distinguir entre hechos y opiniones”.

Por todo ello, la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo entiende que no se han vulnerado los preceptos del Código Deontológico de la profesión periodística objeto de la denuncia formulada.

RESOLUCION 2019/ 159

Por su parte, SOS  Racismo remitió  una queja contra  Telecinco por los comentarios realizados en diferentes emisiones del programa “Gran Hermano VIP 6”. Denuncian las expresiones y comentarios de carácter racista que  se habrían producido por parte de varios participantes del espacio. La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del  Periodismo ha desestimado esta queja, dado que “las expresiones que se denuncian, pese a su notoria gravedad, son realizadas por participantes del programa, no por periodistas, y este programa, Gran Hermano VIP, carece de naturaleza periodística, por lo que no caben dentro del ámbito de “las cuestiones de deontología y ética periodísticas” que, según su Reglamento, corresponde valorar a esta Comisión.

RESOLUCION  2019/160

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