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La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo considera que un artículo publicado en “Libertad Digital” vulnera el Código Deontológico; la intervención radiofónica de Jiménez Losantos, no

La Resolución hace referencia a una queja interpuesta por “eldiario.es” por unas informaciones publicadas en el diario digital que habrían incumplido el artículo 1 de los principios de actuación

Comision200x200La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo emite una nueva resolución tras revisar la queja presentada por Ignacio Escolar, director de eldiario.es, contra Libertad Digital y esRadio. En el escrito se solicitaba examinar un artículo publicado en el diario digital titulado “El Gobierno de Ayuso denuncia que dos periodistas de elDiario han intentado entrar en la casa de la presidenta” y una intervención radiofónica de Federico Jiménez Losantos en la citada emisora de radio.

Tras estudiar la documentación presentada, el órgano deontológico ha resuelto, por unanimidad, que “en el artículo publicado por Libertad Digital, suscrito por Olivia Moya, concurre una vulneración del Código Deontológico en los términos que se expresan en los apartados 5 y 6 de los Fundamentos de esta resolución. Por su parte, en la intervención radiofónica, atribuida a Federico Jiménez Losantos no se aprecian las denunciadas infracciones del Código Deontológico de la profesión periodística”. (RESOLUCIÓN 2024/215a)

La Comisión incide también en la resolución que “el origen acreditado de la información no exime al periodista de una mínima búsqueda de la verdad. El hecho de que no se haya producido un mínimo contraste previo de los hechos, expresiones o contenidos que se toma de una fuente constituye una vulneración del artículo 1 de los principios de actuación que señala ‘el periodista deberá fundamentar las informaciones que difunda’, lo que incluye el deber de contrastar lo que dice la fuente y dar oportunidad a la persona afectada para ofrecer su propia versión de los hechos. En este caso con la mera cita de las fuentes se ha dado publicidad a contenidos y expresiones que, aunque proceden de fuente identificada y reconocida, eran por sí mismas de oscura, difícil o nula veracidad”.

“Respecto al comentario editorial de Federico Jiménez Losantos se trata de una opinión que puede ser calificada de incisiva, desafortunada, excesiva e impertinente, pero más parece apuntar la premonición de un posible desarrollo violento, que no una específica incitación a la violencia”, apunta en su dictamen el órgano deontológico.

Concluyen diciendo: “La Comisión, al resolver esta queja, quiere dejar constancia de la preocupación que desde el punto de vista de la ética del periodismo da lugar a episodios y tensiones entre los medios que corren el riesgo de exacerbar unas pulsiones políticas que tan extendidas están hoy”.

Con esta resolución, ya son más de 220 los dictámenes emitidos por el órgano deontológico, que acumula una doctrina relevante sobre buena práctica profesional periodística.

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