AI Bit Invest AI Bit Invest

Estatutos

Reformados en Asamblea Extraordinaria de 22.6.2019

CAPÍTULO IX- La Comisión de Garantías y Auditoría

La Asamblea General nombrará, cada cinco años, de entre profesionales de reconocido prestigio y acreditada experiencia profesional, pertenecientes a Asociaciones federadas, a propuesta de la Junta Directiva, la Comisión de Garantías y Auditoría, que estará compuesta por siete personas, que desempeñarán la Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría y cuatro Vocalías

CAPÍTULO X- La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo es el órgano de autocontrol deontológico interno de la profesión periodística siendo su misión principal velar por el cumplimiento del Código Deontológico de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE)

CAPÍTULO XI-Las elecciones

Cada cuatro años, se procederá, en Asamblea General, a la renovación completa de la Junta Directiva.

CAPÍTULO XII- De las mociones de censura

Se podrá presentar una moción de censura a la Junta Directiva por organizaciones que representen, al menos, la tercera parte del total de los votos posibles en la Asamblea en la fecha de su presentación.

CAPÍTULO XIII-Régimen disciplinario

Las organizaciones que incumplan los presentes Estatutos o las obligaciones que implica la pertenencia a la Federación incluido el pago de las cuotas reglamentarias, podrán ser expedientadas en aplicación del Reglamento Disciplinario correspondiente

CAPÍTULO XIV-Distinciones y Premios

La Asamblea General, a propuesta razonada de la Junta Directiva, podrá nombrar periodistas de honor a personas o entidades en quienes concurran méritos o servicios relevantes prestados a la FAPE o que se hayan distinguido por su colaboración con la profesión periodística.

CAPÍTULO XV-De las asociaciones federadas y de las asociaciones y organizaciones vinculadas

Podrá pertenecer a la Federación, con el carácter de Asociación federada, cualquier Asociación de Periodistas, legalmente constituida, que tenga un ámbito geográfico de actuación definido, según los criterios que fije o pueda fijar la Federación, y que cuente, como mínimo, con veinte periodistas que residan en la demarcación geográfica de la Asociación.