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“El País” no vulneró el código ético al “no atribuir reproches específicos” a Núñez Encabo

La Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo hace públicas nueve resoluciones, entre ellas algunas referentes al derecho al olvido, la intimidad de los ingresados en centros sanitarios, el trato vejatorio o la publicidad encubierta

comision dentroManuel Altozano no ha cometido vulneraciones deontológicas en el artículo publicado en El País, el pasado 10 de diciembre, bajo el título: “El hijo de un exconsejero del CES gana una oposición con datos falsos”, por el que Manuel Núñez Encabo, presidente de la Comisión de Arbitraje, formuló una petición de apertura de expediente deontológico contra el periodista. La Comisión ha resuelto (Resolución 2015 / 103) que en el mencionado artículo “no se atribuyen conductas ni adjetivan reproches específicos al denunciante”. Así mismo, señala que la información “no quebranta de manera esencial ni la exigencia de veracidad, ni el principio de relevancia pública de su contenido” y que, aun citando a un familiar, “no arroja sobre éste un desvalor que afecte a su honor e intimidad hasta el extremo de constituir infracción deontológica”.

También hace referencia a El País la Resolución 2015/105, que califica de “decepcionante”, aunque no vulnera el código ético, que este diario, “que incluye la cláusula sobre el derecho al olvido en su libro de estilo- no haya querido considerar la posibilidad de ocultar el pdf con el Auto Judicial a los buscadores de Internet y ello a pesar de que nunca publicó la noticia del sobreseimiento de dichas actuaciones judiciales”.

Una tercera resolución (Resolución 2015 / 109) desestima la queja presentada por la Federación de Servicios de CCOO, antigua COMFIA,  contra dos publicaciones aparecidas en el diario El País en febrero de 2015 y referidas al balance contable de COMFIA-CCOO. La Comisión considera que la información ofrecida es esencialmente veraz y que la posible  afectación a los derechos de la intimidad y el honor de las personas aludidas “resulta justificada desde una perspectiva deontológica por el mayor interés del derecho del público a conocer cuestiones concernientes a agentes sociales como los sindicatos”.

Sí ha habido vulneración deontológica, según la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo,  (Resolución 2015 / 104) por parte de Yolanda Guirado, presentadora del programa de Radio Televisión de Castilla-La Mancha “No nos moverán”, cuando informaba acerca del primer caso de infección por Ébola en España, y que se ha estudiado en base a la denuncia de la Federación de Asociaciones de Periodistas de Castilla-La Mancha. La también subdirectora de informativos del Ente público conculcó el principio 4 del Código Deontológico de la FAPE tanto en lo referido al tratamiento informativo de asuntos en que medien “elementos de dolor y aflicción”, como en lo referente a la “intimidad en el caso de personas ingresadas en centros sanitarios”.

Igualmente, la Televisión castellanomanchega ha incurrido en una infracción deontológica (Resolución 2015 / 108) al aplicar un trato vejatorio a Rafael Perezagua Delgado. La cadena emitió una pieza televisiva en la que se rotulaban unas declaraciones del concejal y portavoz del Ayuntamiento de Toledo con la leyenda: “El ‘reto’ del burro de Perezagua”.

Por último, la Comisión considera que no han cometido infracciones deontológicas  ni el diario digital PUBLICO.es, que había sido denunciado por publicar publicidad encubierta de la Junta de Andalucía (Resolución 2015/110); ni Levante, acusado por una información sobre la condena judicial del alcalde y de una concejala de Zarra por delito de lesiones provocadas durante una pelea en un pleno municipal (Resolución2015 / 111); ni la Sexta, denunciada por la gerente del Hospital de Toledo de vulneración del compromiso profesional en la búsqueda de la verdad por el reportaje titulado “Proponen en Toledo que los niños con cáncer reciban quimioterapia en sillas” (Resolución 2015 / 106); ni el articulista Marcos García Rey, en su artículo titulado “Datos sepultados bajo la ceniza (Metodología)”, incluido en un informe sobre incendios colgado en la web www.espanaenllamas.com (Resolución 2015 / 107).

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